
Aviso urgente a los que cobran una pensión: pueden quitarte una parte de la paga
En caso de embargo pueden proceder a retirar una parte de la pensión, pero siempre respetando unos límites
Muchos pensionistas en España creen que su pensión está totalmente protegida frente a embargos. Sin embargo, existe una situación que puede cambiar esto y afectar directamente a lo que reciben cada mes. Aunque parezca sorprendente, es legal que una parte de la pensión pueda ser retenida en ciertos casos.
Lo importante es conocer en qué situaciones puede ocurrir y qué cantidad es realmente intocable. Las pensiones, como ingresos básicos para la mayoría de los jubilados, están protegidas por ley. Aun así, esa protección no es total.
En determinadas circunstancias, pueden ser objeto de embargo parcial, especialmente si existen deudas pendientes. Esto puede incluir impagos con Hacienda, la Seguridad Social, bancos, o por decisiones judiciales como el pago de pensiones alimenticias.

Límites para proteger a los pensionistas
Ahora bien, la buena noticia es que la ley también establece límites claros para que ningún pensionista quede sin ingresos mínimos. La base de esta protección está en el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Establece que no se puede embargar ninguna cantidad equivalente o inferior al salario mínimo interprofesional (SMI).
Por tanto, si la pensión que se cobra no supera el SMI, no puede ser embargada bajo ningún concepto. Para el año 2025, el salario mínimo interprofesional se sitúa en 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 euros brutos al año. Esto significa que cualquier pensión igual o inferior a esa cantidad mensual está totalmente protegida.
Si se supera esa cifra, entonces sí puede aplicarse un embargo, pero solo sobre el exceso y según una escala progresiva.
La normativa indica que, en caso de que la pensión sobrepase el SMI, se pueden aplicar los siguientes porcentajes de embargo sobre el tramo excedente.

Será del 30% sobre la parte entre 1 y 2 veces el SMI y del 50% entre 2 y 3 veces el SMI. Asciende al 60% entre 3 y 4 veces el SMI y el 75% entre 4 y 5 veces el SMI. Por último, será el 90% de lo que supere cinco veces el salario mínimo.
Una seguridad en las pensiones
Esto quiere decir que nunca se tocará la parte equivalente al SMI. Y cuanto mayor sea la pensión, mayor podrá ser el porcentaje embargado sobre los tramos superiores.
Los embargos de pensiones son más comunes de lo que se piensa, especialmente por deudas tributarias o financieras. En estos casos, la administración o un juzgado puede ordenar el embargo de parte de la paga sin que el pensionista tenga que firmar nada. Por eso es importante estar informado y, si se tiene una deuda pendiente, conocer los límites legales que impiden quedarse sin ingresos básicos.
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