Hachazo de Hacienda a los españoles que no hagan este gesto: 20.000 euros
Estate atento que Hacienda ya está avisando de la multa que te puede caer, si no cumples con tus obligaciones fiscales
La Agencia Tributaria ha recordado recientemente la importancia de presentar el modelo 347, una declaración anual de operaciones con terceras personas. Este documento es obligatorio para autónomos, empresas y comunidades de propietarios que hayan realizado transacciones superiores a 3.005,06 euros durante el año fiscal.
Hacienda no avisa más: el modelo 347 es de obligada presentación
El modelo 347 es una declaración informativa en la que se detallan las operaciones económicas con terceros que superen el importe mencionado. Su objetivo es proporcionar a Hacienda información sobre las transacciones realizadas, facilitando el control y la prevención del fraude fiscal.
Entre las operaciones que deben incluirse se encuentran ventas, compras, prestaciones de servicios y alquileres. Están obligados a presentar el modelo 347:
- Autónomos y profesionales que realicen actividades económicas y hayan efectuado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales.
- Empresas y sociedades que, en el desarrollo de su actividad, hayan superado dicho umbral en sus transacciones con un mismo cliente o proveedor.
- Comunidades de propietarios que hayan contratado servicios o realizado compras por encima del límite establecido.
Sin embargo, están exentos de presentarlo aquellos que no tengan domicilio fiscal en España. Y que no superen el límite de operaciones, o se encuentren bajo ciertas condiciones específicas.
Plazo de presentación de Hacienda: que no se te olvide
Para el ejercicio fiscal 2024, el plazo de presentación del modelo 347 es del 1 al 28 de febrero de 2025 y es fundamental presentarlo para evitar sanciones. La presentación se realiza de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Requiriendo identificación mediante sistemas como Clave Pin, certificado digital o DNI electrónico.
No presentar el modelo 347 dentro del plazo establecido puede acarrear sanciones significativas. La Ley General Tributaria prevé multas que oscilan entre 300 y 20.000 euros, dependiendo de la gravedad y el número de datos omitidos.
Específicamente, se establece una sanción de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se debería haber incluido en la declaración. Con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
Además de las sanciones económicas, el incumplimiento de esta obligación puede derivar en inspecciones por parte de Hacienda. Lo que podría complicar aún más la situación fiscal del contribuyente.
Recomendaciones de la Agencia Tributaria
Para evitar sanciones y cumplir con las obligaciones fiscales, se recomienda revisar detalladamente todas las operaciones realizadas durante el año para identificar aquellas que superen el umbral establecido.
Hay que contar con asesoramiento profesional, especialmente si se gestionan comunidades de propietarios o se tienen dudas sobre la aplicación del modelo 347. Y utiliza herramientas de gestión contable que faciliten el registro y control de las transacciones económicas.
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