Un hombre preocupado con la mano en la boca, un logo de una institución y una persona entregando billetes de euro.
ECONOMÍA

Aviso de Hacienda que despeja las dudas de muchos españoles: ojo, esto te interesa

Por norma general, la Agencia Tributaria permite el pago en efectivo en sus oficinas, pero existen excepciones

La Agencia Tributaria ha emitido un aviso que aclara una duda común entre muchos ciudadanos españoles. La posibilidad de realizar pagos en efectivo en sus oficinas. Según la normativa vigente, existen limitaciones específicas para los pagos en efectivo, y es fundamental conocerlas para evitar sanciones y cumplir con la ley.

Limitaciones a los pagos en efectivo según la Ley General Tributaria: atento

La Ley 7/2012 establece restricciones claras respecto a los pagos en efectivo. Estas limitaciones se aplican a operaciones en las que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional.

En estos casos, no pueden realizarse pagos en efectivo por importes iguales o superiores a 1.000 euros. Este límite se incrementa a 10.000 euros cuando el pagador es una persona física que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúa en calidad de empresario o profesional.

Imagen de fondo de unas persona en una oficina de Hacienda y otra en primer plano de un hombre con gafas mirando un móvil sorprendido

Es importante destacar que, para calcular estos importes, se suman todas las operaciones o pagos en los que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios. Esto significa que no es posible eludir la limitación dividiendo el pago en varias transacciones menores.

Motivos de seguridad y control fiscal

Estas restricciones tienen como objetivo principal combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. El uso de efectivo en transacciones de importes elevados dificulta la trazabilidad del dinero, lo que puede facilitar actividades ilícitas. Al limitar los pagos en efectivo, se promueve el uso de medios electrónicos que permiten un mayor control y transparencia en las operaciones financieras.

Formas de pago alternativas y recomendaciones para los ciudadanos

Para evitar posibles sanciones, la Agencia Tributaria recomienda utilizar formas de pago alternativas al efectivo en operaciones que superen los límites establecidos. Entre las opciones disponibles se encuentran las transferencias bancarias, cheques nominativos y otros medios electrónicos de pago.

Una mujer mirando su teléfono móvil con una expresión seria, con un fondo rojo y un gráfico de la Agencia Tributaria a su lado.

Estos métodos no solo garantizan el cumplimiento de la ley, sino que también ofrecen mayor seguridad tanto para el pagador como para el receptor. Si un ciudadano tiene dudas sobre cómo realizar un pago específico o sobre las limitaciones aplicables, es aconsejable que consulte directamente con la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal. 

Excepciones y consideraciones especiales

Aunque la normativa es clara en cuanto a las limitaciones de pagos en efectivo, existen algunas excepciones. Por ejemplo, estas restricciones no se aplican a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por establecimientos autorizados.

Además, es importante mencionar que, aunque la ley establece límites, no prohíbe la tenencia de dinero en efectivo ni usarlo en transacciones que no superen los importes establecidos. Sin embargo, es recomendable mantener registros y justificantes de las operaciones realizadas para acreditar su legalidad en caso de ser requerido por las autoridades fiscales.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción grave. Puede ser sancionada con una multa del 25% del importe pagado en efectivo que exceda el límite permitido.

Tanto el pagador como el receptor pueden ser considerados responsables de la infracción. Salvo que uno de ellos denuncie la operación ante la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes a su realización.

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