Adiós a estas deudas: gran noticia de Hacienda para miles de contribuyentes en 2025
Se trata de un mecanismo que permite a ciertas personas saldar un tipo de deudas cumpliendo unos requisitos
Aunque Hacienda tiene fama de ser implacable a la hora de reclamar deudas, no siempre es tan dura como parece. De hecho, en ciertos casos, las personas con deudas pueden acogerse a un mecanismo que les permite empezar de nuevo: la Ley de la Segunda Oportunidad.
Esta herramienta, en vigor desde 2015, ofrece la posibilidad de saldar deudas, incluidas las contraídas con Hacienda, bajo ciertas condiciones.
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a las personas físicas en situación de insolvencia exonerar sus deudas. Ya sea con acreedores privados, organismos públicos o ambos.
Emilio Sánchez, letrado del despacho Asoban Abogados, explica: "Es una herramienta destinada a personas que, actuando de buena fe, no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago. Les permite liquidar sus activos para saldar lo máximo posible de su deuda y empezar de cero".
Para muchas personas, esta Ley sigue siendo una gran desconocida. Sin embargo, es un salvavidas de Hacienda para aquellos que cumplen con los requisitos establecidos y buscan liberarse de la carga de sus obligaciones económicas.
Requisitos para acogerse a la Ley de Hacienda
El acceso a esta oportunidad requiere cumplir con una serie de condiciones específicas:
- No tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos. Este requisito garantiza que la Ley no sea utilizada por personas que han actuado con mala fe o cometieron delitos relacionados con su situación financiera.
- Tener deudas con dos o más acreedores. No es suficiente tener una deuda con un solo organismo o entidad. Deben existir al menos dos acreedores, sean privados o públicos, como Hacienda o la Seguridad Social.
- Límite de deuda con Hacienda y la Seguridad Social. Solo pueden ser exoneradas las deudas de hasta 10.000 euros con Hacienda y una cantidad equivalente con la Seguridad Social.
- Ser persona física. Este beneficio no está disponible para empresas o entidades jurídicas, ya que para ellas existe la figura del concurso de acreedores.
- Estado de insolvencia. Es necesario demostrar la incapacidad de hacer frente a los pasivos diarios. Esto aunque se tengan activos que puedan ser liquidados para cubrir parte de las deudas.
- Periodicidad de 10 años. Una vez concedida la exoneración, el contribuyente deberá esperar una década para poder volver a solicitar esta medida.
¿Cómo funciona el proceso? Hacienda lo aclara
El procedimiento implica la liquidación de todos los bienes del deudor para convertirlos en efectivo y destinarlo al pago de los acreedores en la medida de lo posible. La resolución judicial posterior puede conceder la exoneración de las deudas restantes, permitiendo al deudor empezar desde cero.
"Es un mecanismo pensado para personas que no buscan esquivar sus responsabilidades, sino que desean una solución viable para salir de la trampa del endeudamiento y rehacer su vida financiera", señala Sánchez.
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